Fecha de actualización: 15 de abril de 2024
Conforme al apartado a) del artículo 10 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, a esta empresa no le es de aplicación por contar con una plantilla inferior a 50 trabajadores.
Además, según el apartado b), esta empresa no entra en el "ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente [...]".
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